SUMILLA: NULIDAD DE ACUSACIÓN
SIN NINGÚN FUNDAMENTO
LEGAL CON CONOCIMIENTO
DE LA ORIC –UANCV.
SEÑOR
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ANDINA NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ-JULIACA
JORGE XXX XXXX identificado con DNI. Nº 01413131, domiciliado en Jr. Los Incas Mz E lote N°4 Urb. Santa Adriana I etapa de esta ciudad de Juliaca, con domicilio procesal en el Jr.
Azángaro Nº 261-2do piso, oficina 01 de esta
ciudad ante Ud. Con el debido respeto me presento y digo:
P E T I T O R
I O:
Al amparo de lo dispuesto por el Art. 2 inciso
20 de la Constitución Política del Estado en estricta
concordancia por lo dispuesto
por el Art. 106 numerales 106.1 y 106.2 de la Ley 27444 INTERPONGO NULIDAD DE ACUSACIÓN SIN
FUNDAMENTO LEGAL LA MISMA QUE ESTA ARCHIVADO CON CONOCIMIENTO DE LA ORIC-UANCV,
APROVECHANDO ESTE CASO, SOY OBJETO DE CHANTAJE POR UNOS CUANTOS ESTUDIANTES DEL
TERCIO ESTUDIANTIL, OBLIGÁNDOME A PEDIR EL DEBIDO PROCESO A DEFENSA; En tal sentido peligra mi derecho de ejercer
la libertad de cátedra universitaria en la facultad Ciencias Administrativas -
CAP- Administración y Marketing, que no son dignos de nuestra institución, en
base a los siguientes fundamentos que
paso a detallar:
PRIMERO.-
ANTECEDENTES:
Conforme
consta en la información en su respectiva oportunidad, he sido participe ajenos
a la institución de un hecho confuso y ambiguo en un vídeo, ocurridos en el año
2011 de fecha 17 de octubre, lo cual se encuentra archivado en la dependencia
policial y en la misma OFICINA DE
ÓRGANO DE INSTITUCIÓN Y CONTROL DE LA UANCV. En todo caso se puede
interpretar por lógica, si hubiera continuidad de este supuesto hecho que no
hay ninguna notificación al recurrente, solo versiones malintencionadas no es
suficiente retroceder algún hecho que no esta en curso.
SEGUNDO.- Según consta
el seguimiento a la acusación sin fundamentos legal que se me acusa, sin
existir ningún anticipo de un descargo previo, ni siquiera a que yo sea
informado, lo cual perjudica mi condición de docente, entendiéndose que debe
haber transparencia en el accionar de una acusación con el debido proceso al
cual tengo derecho.
TERCERO.-
FUNDAMENTO LA NULIDAD DE ACUSACIÓN SIN FUNDAMENTO LEGAL
Lo fundamento mi petición para su
mejor entendimiento y comprensión más clara de mi situación, sin prueba que soy
objeto de coacción por parte de unos cuantos estudiantes del tercio estudiantil
en forma verbal que incomoda mi correcta labor de docente. AMPARO
MI PETICIÓN CONFORME LO ESTABLECE LOS ARTÍCULOS 10°, 109° y 230° DE LA LEY
GENERAL ADMINISTRATIVA 27444
Artículo 10.- CAUSALES DE NULIDAD
Son
vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los
siguientes:
1.
La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.
2.
El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se
presente
alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere el Artículo 14.
Artículo 109.- FACULTAD
DE CONTRADICCIÓN ADMINISTRATIVA.
109.1
Frente a un acto que supone que viola, afecta, desconoce o lesiona
un
derecho
o un interés legítimo, procede su contradicción en la vía administrativa en la forma
prevista en esta Ley, para que sea revocado, modificado, anulado o sean suspendidos
sus efectos.
Artículo 230.- PRINCIPIOS DE LA
POTESTAD SANCIONADORA ADMINISTRATIVA.
La
potestad sancionadora de todas las entidades está regida adicionalmente
por
los siguientes principios especiales:
1.
Legalidad.- Sólo por norma con rango de ley cabe atribuir a las entidades la
potestad
sancionadora y la consiguiente previsión de las consecuencias
administrativas
que a título de sanción son posibles de aplicar a un administrado, las que en
ningún caso habilitarán a disponer la privación de libertad.
2.
Debido procedimiento.- Las entidades aplicarán sanciones sujetándose al
procedimiento
establecido respetando las garantías del debido proceso.
Por tanto con lo argumentado requiero
a que sea escuchado atendido por su digna autoridad que preside en nuestro CAP.
Administración y Marketing con transparencia y comprensión que lo lleva adelante,
para que no sea manchado por unos cuantos estudiantes sin previa merituación de
los hechos guiándose solo de dichos que no se ajustan a la verdad.
MEDIOS PROBATORIOS
Se adjunta los siguientes medios probatorios.
1.a. Copia simple de DNI
1.b. Copia de concurso de
cátedra sin observaciones.
POR LO
EXPUESTO:
A Ud., ruego se conceda
mi petición por ser justo y legal.
OTRO SI.-
QUE, QUEDE SIN EFECTO LA ACUSACIÓN SIN FUNDAMENTO AL CUAL SOY OBJETO, TAL COMO
LO ACREDITO. Y CONFORME LO ESTABLECE: LA LEY GENERAL ADMINISTRATIVA N° 27444.
Artículo 202.- Nulidad de oficio
202.1 En cualquiera de los casos enumerados
en el artículo 10, puede
declararse de oficio la nulidad de los
actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes, siempre que agravien el
interés público.
JULIACA, 26 de MARZO del 2013.